jueves, 8 de mayo de 2014

Las 10 nuevas normas de circulación que hay que tener en cuenta desde este viernes 9 de Mayo



Via: Tribunasalamanca.com


SEGURIDAD VIAL

Este día 9 de mayo entran en vigor algunos artículos de la nueva Ley de Tráfico, como la obligatoriedad del casco en bici para los menores de 16 años en ciudad, fuertes multas por usar detector de radar o que te inmovilicen el coche si llevas un menor sin sillita.

08.05.2014

Este día 9 de mayo entran en vigor la primera batería de cambios que trae la nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial, que se completarán probablemetne a partir de junio con el nuevo reglamento. Dos momentos que van a traer importantes modificaciones para las normas de circulación y con las que la DGT intenta adaptar la norma a la realidad del tráfico y, también, poner coto a algunas de las situaciones que generan más víctimas. Estas son algunas de las normas que van a cambiar.

 

El casco, obligatorio para los ciclistas menores de 16 años en ciudad. Es una de las medidas más controvertidas, porque los colectivos ciclistas se han opuesto de manera frontal: consideran que implantar el casco desincentiva el uso de la bicicleta. Sin embargo, los estudios ponen de manifiesto que es fundamental como elemento de seguridad. A partir de ahora, será obligatorio para los menores de 16 en ciudad y lo sigue siendo para todos en carretera. Por otro lado, los ciclistas podrán circular legalmente por debajo de la mitad de la velocidad mínima de una vía.

 

Multas más duras contra el alcohol y las drogas. Estos dos factores están detrás de cerca de la mitad de los muertos en carretera y la DGT se ha propuesto aplicar mano dura aumentando las multas. El cambio también suscitó debate, pero finalmente la multa por conducir con el doble de la tasa de alcohol permitida pasa de 500 a 1.000 euros; los reincidentes también ven aumentar la multa a los mil euros. Y lo mismo pagarán (y seis puntos de carné) los que conduzcan con droga en el organismo. Además, se establece de manera genérica el control de saliva para detectar drogas por ser el sistema más fiable y menos intrusivo.

 

Controles para los peatones. La idea la lanzó el ministro del Interior Jorge Fernández Díaz y se ha adoptado para el texto. Los controles de alcohol y drogas serán obligatorios para todos los usuarios de la vía que hayan cometido una infracción grave o estén envueltos en un accidente (esta parte ya se contemplaba). Así que los peatones pueden verse requeridos para las pruebas, y ser multados llegado el caso.

 

Coto a los detectores de radares. Su uso estaba en un limbo que ahora se aclara. Usar un detector, 200 euros de multa y 3 puntos. Y llevar montado un inhibidor, que elimina la frecuencia del radar, 6.000 euros de multa. Solo se permiten los avisadores, que informan con un aviso acústico sobre la situación habitual de radares.

 

Sistemas de seguridad infantil. Uno de los aspectos en los que más se ha trabajado merced al aumento de víctimas infantiles. A partir de ahora, no se permitirá llevar menores en los asientos delanteros, se establece la talla de 135 cm para hacerlo y, especialmente, se multará por no llevar sillitas: te pueden inmovilizar el coche si llevas un menor sin el dispositivo de retención.

 

Alegaciones y notificaciones. La nueva norma aumenta de 15 a 20 días el plazo para presentar alegaciones por una multa, y también el plazo para abonar el 50% de la misma. Además, se permitirá no parar ni identificar a un infractor cuando el agente denunciante se encuentre realizando labores de vigilancia y control de tráfico y carezca de medios para proceder a la persecución del vehículo.

 

El conductor, responsable en atropellos de animales. Hasta ahora, en el caso de un atropello de especie cinegética, el conductor solo era responsable si había cometido infracción, pero a partir de ahora la cosa cambia. A partir de ahora, el conductor será responsable del atropello salvo que sea de una especie de caza mayor y se haya producido en un día de montería; o se demuestre que el coto no estaba vayado, en cuyo caso el responsable será la Administración. Esto significa que, en caso de atropellar una especie cinegética, los daños del vehículo o personales los paga el conductor. Una situación complicada en Castilla y León, especialmente en provincias como Zamora, Soria o León, con gran cantidad de accidentes con especies de caza.

 

Nueva tabla de velocidades y sanciones. Este aspecto de los cambios tendrá que esperar al desarrollo de la normativa, pero no irá mucho más allá de junio. Incluye la posibilidad de establecer límites de 20 km/h en zonas urbanas, de 90 km/h en carreteras nacionales y de hasta 130 km/ en condiciones favorables y tramos seguros en autovías y autopistas. Será el código de circulación el que regule dónde y cuándo se podrá circular más rápido. Y la tabla de multas por saltarse estos límites: de 100 a 600 euros.

 

Control a los vehículos extranjeros. A partir de ahora, los extranjeros que residan en España tendrán que inscribir los vehículos con los que circulen en nuestro país; no ha sido obligatorio, lo que dificultaba su indentificación en caso de infracciones y sanciones.

 

Restricciones a la circulación. La nueva ley recoge expresamente la posibilidad de que las autoridades restrinjan la circulación de vehículos a motor en episodios de alta contaminación, frecuentes en grandes ciudades. Este cambio están vinculado a la ley de calidad del aire del Magrama, que incluye el establecimiento de zonas en los cascos urbanos donde solo se podrá acceder con vehículos poco contaminantes y que prevé la retirada de circulación de los más veteranos y que más emisiones producen.

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